Calculadoras · Calculadora de finiquito 2026

Calculadora de finiquito 2026

Los días trabajados, la parte de las pagas extra y las vacaciones que te quedan, con el desglose de cada concepto.

Incluyendo las pagas extra.

El último día que trabajas en la empresa.

Mínimo legal 30 naturales. Míralo en tu convenio.

Los que te has cogido este año.

Si es así, ya las cobras repartidas y no hay parte proporcional pendiente.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

Es la confusión que más dinero cuesta, así que empecemos por ahí.

El finiquito es dinero que ya has ganado y todavía no te han pagado. Por eso se cobra siempre: te despidan de forma procedente, improcedente, se te acabe el contrato o te marches tú por tu propio pie.

La indemnización es otra cosa y solo aparece en determinados despidos. Cuando toca, se suma al finiquito, no lo sustituye. Si quieres la otra parte, la tienes en la calculadora de indemnización por despido.

Los tres conceptos del finiquito

1. Los días trabajados del mes en curso. Si te dan la baja el día 8, has trabajado 8 días de ese mes que aún no has cobrado.

2. La parte proporcional de las pagas extra. El artículo 31 del Estatuto reconoce dos gratificaciones extraordinarias al año. Se van devengando día a día, así que al salir te corresponde la parte generada y no cobrada. Salvo que las tengas prorrateadas, en cuyo caso ya las has ido cobrando cada mes.

3. Las vacaciones no disfrutadas. Se calculan en proporción al tiempo trabajado en el año y se les restan las que ya te has cogido. Curiosamente, el artículo 38.1 dice que las vacaciones son «no sustituibles por compensación económica» mientras dura el contrato, pero al extinguirse ya no se pueden disfrutar y por eso se pagan.

Ejemplo resuelto

Una persona que cobra 22.000 € brutos al año en 14 pagas, sin las extras prorrateadas, causa baja el 31 de octubre. Tiene 30 días de vacaciones al año y ya ha disfrutado 12:

ConceptoOperaciónImporte
Salario diario22.000 ÷ 36560,27 €
Días trabajados de octubre31 días × salario diario1.868,49 €
Parte proporcional de las pagas extra2 pagas de 1.571,43 € × 304 ÷ 3652.617,61 €
Vacaciones pendientes12,99 días × salario diario782,74 €
Finiquito brutosuma de las tres5.268,84 €

Las vacaciones generadas hasta el 31 de octubre son 30 × 304 ÷ 365 = 24,99 días. Menos los 12 disfrutados, quedan 12,99 por cobrar. La calculadora usa los días y el salario diario sin redondear, así que las cuentas hechas con 60,27 € pueden bailar algún céntimo.

Es un importe bruto: se le descuentan IRPF y Seguridad Social, y no incluye ninguna indemnización.

De qué se compone un finiquito de 5.268,84 euros Barra del finiquito dividida en tres partes: 1.868,49 euros de los días trabajados de octubre, 2.617,61 de la parte de las pagas extra y 782,74 de 12,99 días de vacaciones pendientes. Finiquito bruto: 5.268,84 € Días trabajados de octubre 1.868,49 € Parte de las pagas extra 2.617,61 € Vacaciones pendientes (12,99 días) 782,74 € Es un importe bruto y no incluye indemnización.
Mismos datos que el ejemplo resuelto: 22.000 € brutos en 14 pagas, baja el 31 de octubre y 12 días de vacaciones disfrutados.

Vacaciones generadas según los meses trabajados

Con los 30 días naturales al año que el artículo 38.1 del Estatuto fija como mínimo, cada mes trabajado genera 2,5 días. La tabla va por meses completos desde el 1 de enero. La calculadora lo hace por días exactos, así que el resultado puede variar un poco.

Meses trabajados en el añoDías de vacaciones generados
12,5
25
37,5
410
512,5
615
717,5
820
922,5
1025
1127,5
1230

Si tu convenio te da más de 30 días, la regla es la misma: tus días al año entre 12, por cada mes trabajado.

Si te vas tú, o si se acaba un contrato temporal

Si dejas el trabajo por tu cuenta, el artículo 49.1.d) del Estatuto obliga a avisar con el preaviso que marque tu convenio colectivo o la costumbre del lugar. La ley no fija un número de días: hay que mirarlo en tu convenio. El finiquito se cobra igual, con los tres conceptos de arriba. Lo que no hay es indemnización.

Si se acaba un contrato temporal, además del finiquito te corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, en proporción al tiempo. No la hay en los contratos formativos ni en el de sustitución. Si el contrato dura más de un año, quien lo termina tiene que avisar con al menos 15 días.

Antes de firmar el finiquito

Junto con el aviso del fin del contrato, la empresa tiene que darte una propuesta del documento de liquidación. Así puedes revisar las cifras antes de firmar, por ejemplo con esta calculadora.

Puedes pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores al firmar. En el recibo tiene que constar si estuvo o si no lo pediste.

De dónde salen estos datos

Del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) en su versión consolidada del BOE: el artículo 31 para las pagas extra y el 38.1 para las vacaciones. Comprobado el 8 de septiembre de 2026.

El preaviso, el fin del contrato temporal y la firma del finiquito salen del artículo 49, apartados 1.c), 1.d) y 2, comprobado el 13 de octubre de 2026.

Los treinta días de vacaciones son el mínimo legal, no una cifra fija: el convenio puede mejorarlo, y por eso la calculadora te deja cambiar ese número.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Qué se incluye en el finiquito?

Tres cosas: los días del mes en curso que ya has trabajado y todavía no has cobrado, la parte proporcional de las pagas extra que llevas devengada, y las vacaciones que has generado este año y no has disfrutado. Nada más.

¿El finiquito y la indemnización son lo mismo?

No, y conviene tenerlo muy claro. El finiquito es dinero que ya has ganado y todavía no te han pagado, así que se cobra siempre: te despidan, se te acabe el contrato o te vayas tú. La indemnización solo existe en algunos despidos y va aparte, sumada al finiquito.

¿Se cobra finiquito si me voy voluntariamente?

Sí. Al ser dinero devengado, se cobra igual aunque la baja sea voluntaria. Lo que no hay en ese caso es indemnización.

¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas?

Se mira cuántos días de vacaciones has generado desde el 1 de enero hasta el día de la baja, en proporción a los días del año que has trabajado, y se le restan los que ya te has cogido. Lo que queda se paga a razón de tu salario diario.

¿Cuántos días de vacaciones al año me corresponden?

El artículo 38.1 del Estatuto dice que «en ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales». Ojo, que son treinta naturales, no laborables, y que es un mínimo: tu convenio puede darte más. Por eso la calculadora te deja cambiar esa cifra.

¿Y si mis pagas extra van prorrateadas?

Entonces no hay parte proporcional que cobrar en el finiquito, porque ya las has ido cobrando repartidas cada mes. Marca la casilla y la calculadora deja de sumarlas.

¿El finiquito lleva descuentos?

Sí. La cifra que da esta calculadora es la bruta, y de ahí se descuentan la retención de IRPF y la cotización a la Seguridad Social, igual que en una nómina normal.

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